A las seis menos diez de la tarde del 30 de diciembre de 1978 miembros de la banda terrorista ETA asesinaban a tiros en Yurre (Vizcaya) al taxista LISARDO SAMPIL BELMONTE mientras esperaba la llegada de algún cliente dentro de su taxi junto a la puerta del Bar Eguzki en el barrio de Elejalde de la localidad vizcaína. Los terroristas llegaron al lugar de los hechos en un automóvil. Uno de ellos, con la cara cubierta por un pasamontañas, se apeó del vehículo y se acercó por detrás hasta el taxi de Lisardo, conocido en la localidad como El Gallego, que estaba sentado en el asiento del conductor con la ventanilla bajada. La víctima no se percató de la llegada del pistolero que, sin mediar palabra y a través de la ventanilla, le disparó cuatro tiros a bocajarro. Aunque testigos presenciales llamaron a un médico del puesto de la Cruz Roja, que llegó inmediatamente, no pudo hacerse nada por salvarle la vida. Lisardo Sampil había sido alcanzado por dos disparos en la cabeza y tres en el corazón y el costado, muriendo prácticamente en el acto.
Los tres terroristas, miembros del grupo Kioto de ETA, emprendieron rápidamente la huida en el vehículo en el que se habían desplazado hasta Yurre, que habían robado poco antes cuando su propietario los confundió con autoestopistas y paró el coche para recogerlos. Como se supo posteriormente, los terroristas sometieron a vigilancia a su víctima para conocer sus costumbres y decidir la forma más segura de cometer el asesinato.
Aunque personas que lo conocían habían descrito a Lisardo Sampil como un hombre de ideología de extrema derecha muy amigo de miembros de la Guardia Civil, su hijo Javier Sampil, que llegó al lugar del crimen momentos después del asesinato, afirmó que su padre no estaba implicado en ningún tipo de actividad política y que jamás había recibido amenazas. ETA militar reivindicó el asesinato en un comunicado enviado a los medios de comunicación el 2 de enero, en el que también asumían el asesinato de José Luis Vicente Cantón cometido un día después en Llodio (Álava). La banda acusaba a Lisardo de ser "colaborador y confidente de las fuerzas de ocupación de Euskadi" y "puente entre el pueblo y la Guardia Civil, Policía Armada y Cuerpo General de Policía". ETA añadía que gracias a esa colaboración se habían producido muchas detenciones de miembros de la banda en los últimos tiempos.
En 1982 la Audiencia Nacional condenó a Juan José Larrinaga Echevarría y Ernesto María Alberdi Olano a sendas penas de 24 años de cárcel por el asesinato de Lisardo Sampil. Los terroristas fueron detenidos en noviembre de 1980 junto a Juan Antonio Urrutia Aurteneche, Roberto Zabala Zamayoa y Fernando Iraculis Albizu. Según informaba el diario El País en su edición de 29 de noviembre de 1980, los cinco se reconocieron autores del asesinato del taxista Lisardo Sampil y de otros cuatro más. Sin embargo, durante el juicio el fiscal dio por probado que Larrinaga y un etarra huido fueron los que robaron un vehículo a punta de pistola en el cruce de la N-240 con la carretera que va a Castillo-Elejabeitia, dejando a su dueño atado a un árbol. A continuación recogieron a Alberdi Olano y fueron a Yurre para asesinar a Lisardo Sampil.
Entre abril y mayo de 1996 el diario ABC publicó varios artículos en los que se daba la localización de varios etarras que vivían en Venezuela. Entre ellos estaba Miguel Ángel Aldana Barrena, alias Askatu, que presuntamente era el tercer autor material del asesinato de Lisardo Sampil. A partir de esas informaciones de prensa la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) presentó varias querellas contra esos etarras. El juez de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, admitió a trámite la querella de la AVT y en abril de 1996 dictó una orden internacional de detención contra Aldana Barrena, previa a su solicitud de extradición (El País, 20/04/1996). El gobierno venezolano se ha negado a detenerlo y extraditarlo, archivando el caso en marzo de 2006.
Por otra parte, en enero de 2006 la AVT denunció que Larrinaga, que se había declarado insolvente y no había hecho frente a las indemnizaciones fijadas en la sentencia que lo condenó en el año 1982, era propietario de una casa en Amorebieta, lo que motivó una investigación de la Audiencia Nacional.
Lisardo Sampil Belmonte, de 49 años, estaba casado y tenía una hija de 22 años y un hijo de 17. Era natural de Lanoa (Orense), pero residía en Yurre desde veintidós años antes de ser asesinado. Llevaba diez años dedicado al negocio del taxi, trabajo que compatibilizaba con la prestación de servicios de transporte de mercancías con un camión que tenía en propiedad con otros socios.
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